bachdetectives
El informe de detective privado
Actualizado: 25 may 2020
Cada investigación que realizamos los detectives privados debe de ir acompañada de un informe, así lo indica la ley. Además, el reglamento, nos indica los mínimos que debe contener dicho informe. Mínimos como el número de registro asignado al servicio, los datos de la persona que solicita y contrata el servicio, el objeto de la contratación, los medios, los resultados, los detectives intervinientes y las actuaciones realizadas. A priori, todos estos datos pueden resultarnos complicados de entender, por ello, os voy a detallar qué información os puede resultar interesante como solicitante de un servicio.

En primer lugar, en el informe podrás observar las diferentes averiguaciones realizadas, ya sea con seguimiento a pie calle o la investigación en fuentes abiertas: registros, webs, redes sociales...
Por otro lado, todas las pruebas que encontremos y aporten la información que necesitamos irán documentadas debidamente, ya sea en formato video o foto.

Es decir, además de todo esos tecnicismos necesarios para un registro legal de nuestra actividad, debes estar seguro de que obtienes toda la información que necesitas de forma clara y concisa.
Otro dato importante a tener en cuenta, es que siempre que se entregue un informe y fuese necesario, el informe se podrá ratificar en sede judicial.
Por último, debemos tener clara la validez de la investigación del detective. Obviamente, las investigaciones van complementadas por imágenes y videos. Pero nuestra palabra plasmada en el informe seria suficiente para justificar y argumentar la conclusión del mismo. Aunque es cierto que muchas veces una imagen vale más que mil palabras, no debemos confundir la validez de las pruebas con la rapidez de la resolución de los casos en contexto judicial.
#seguridad #privacidad #detective #informe #investigacion